A la moratoria pueden acogerse personas en situación de desempleo o, en caso de ser empresario o profesional, que sufran una pérdida sustancial de sus ingresos. Se tiene que demostrar que el conjunto de los ingresos de los miembros de la unidad familiar no supera el límite de tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples mensual y que la cuota hipotecaria, más los gastos y suministros básicos, resulte superior o igual al 35 % de los ingresos netos que perciba el conjunto de los miembros de la unidad familiar, contando con distintos modificadores en función de hijos a cargo, etc.
Para demostrar esto se piden numerosos documentos que se deben conseguir a través de distintos organismos. Los documentos requeridos son certificados de desempleo, libro de familia, certificado de empadronamiento, si procede, declaración de discapacidad, nota simple del servicio de índices del Registro de la Propiedad de todos los miembros de la unidad familiar, escrituras de compraventa y de concesión del préstamo y la declaración responsable del deudor. Estos documentos varían en función de si lo solicita un trabajador por cuenta ajena o un autónomo o pequeño empresario.
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